En los últimos seis meses, el Consejo para la Transparencia recibió 92 recursos de amparo en contra de la Subsecretaría de Salud Pública y la de Redes Asistenciales por solicitudes de información relacionada al Covid-19. De ellos, más del 60% reclama por el mismo motivo: la falta de respuesta de la institución dentro del plazo legal.
Texto e investigación: Claudio Cifuentes con colaboración de Catalina Gaete
Edición: Paulette Desormeaux
Ilustración e historia gráfica: Hans Peralta
Redes sociales: Camila Fox
La periodista Marianela González tuvo que esperar casi 50 días hábiles antes de confirmar lo que sospechó desde un principio: había algo raro en el contrato que el Ministerio de Salud (Minsal) anunció que firmaría con Espacio Riesco, transformando un centro de eventos ubicado en el corazón empresarial de Santiago en una gigantesca residencia sanitaria.
Marianela ingresó una solicitud de transparencia el 18 de marzo a la Subsecretaría de Salud Pública (SSP) para obtener información del proceso de firma del contrato. Tuvo que haber recibido la respuesta en 20 días hábiles según la Ley, y podrían haberle extendido el plazo 10 días más. Pero los documentos que esperaba llegaron recién el 12 de junio, con casi 30 días hábiles de retraso, y solo después de haber ingresado un recurso de amparo en el Consejo para la Transparencia.
La Subsecretaría de Salud Pública derivó su solicitud a la Subsecretaría de Redes Asistenciales. Cuando le entregaron la información, Marianela descubrió que el contrato no estaba cerrado para el 25 de marzo, como Mañalich había anunciado públicamente, sino que fue firmado recién el 15 de mayo, casi dos meses después. Los documentos revelaron algo más. Arturo Zúñiga, Subsecretario de Redes Asistenciales, afirmó en ese contrato que hasta el 25 de marzo había “más de 4 mil contagiados” y “más de 40 fallecidos” por Covid-19. Pero ese mismo día, el Minsal reportó a la ciudadanía que los contagiados eran 1.142 y los muertos solo 3.
Documentos que muestran la diferencia entre las cifras informadas. Fuente: Tweet Marianela González.
El 13 de junio, un día después de que Marianela González accediera a los documentos, Ciper publicó un reportaje que confirmó que el Minsal reportaba a la Organización Mundial de la Salud una cifra de fallecidos más alta que la que informaba a la ciudadanía. Ese mismo día Mañalich renunció.
El 1 de junio, una persona que prefirió permanecer anónima para este reportaje, solicitó todas las minutas internas que hubieran sido firmadas por el entonces ministro Jaime Mañalich, entre el 1 de enero y el 1 de junio de 2020. Recién el 24 de julio –25 días hábiles después de vencido el plazo legal– la Subsecretaría de Salud le respondió, gracias al recurso de amparo que interpuso. Le dijeron que ni los ministros ni los subsecretarios firman las minutas internas del Minsal en relación al coronavirus, por lo que no existen documentos que cumplieran con los “criterios” que había solicitado.
Alicia Acuña vivió una situación similar. En mayo de 2020, solicitó por Transparencia las cifras de defunciones en la Región de Coquimbo, para lo cual ingresó solicitudes al Registro Civil y a la Subsecretaría de Salud Pública. También ingresó otra solicitud a la Subsecretaría de Salud Pública (SSP) para obtener cifras de defunciones por causa respiratoria en su región. Tuvo que haber recibido su respuesta el 10 de junio, pero hasta la fecha de publicación de este reportaje, Alicia sigue con las manos vacías.
El camino de un amparo
Fuera de un Estado Excepción Constitucional de Catástrofe como el que decretó Sebastián Piñera para enfrentar el Covid-19, la Ley 20.285 establece que los organismos públicos tienen 20 días hábiles para responder a una solicitud, más una prórroga de otros 10 días hábiles que debe comunicar formalmente al solicitante. Es decir, el tiempo de espera total no debería superar un mes y medio.
Cuando las instituciones no responden dentro de ese plazo, los y las solicitantes pueden ingresar un recurso de amparo o reclamo ante el Consejo para la Transparencia, el organismo a cargo de supervisar el cumplimiento de la Ley de Acceso a la Información. Este es el camino formal que todo ciudadano y ciudadana puede seguir cuando no queda conforme con la respuesta que una institución pública le dio a su solicitud de transparencia.
Una vez ingresado el amparo, el Consejo, un organismo estatal pero autónomo, revisa los antecedentes y determina si la institución requerida actuó acorde a la Ley sobre Acceso a la Información Pública o no. Para esto tiene 120 días corridos.
Pero la falta de respuesta no es la única razón por la que se puede ingresar un recurso de amparo. Si la información entregada no corresponde a la solicitada, si la respuesta estaba incompleta o si los argumentos que la institución utilizó para negar el acceso a la información son insatisfactorios, entre otros, también se puede ingresar un recurso de amparo en contra de la institución.
Según datos del Consejo para la Transparencia, desde que se confirmó el primer caso de Covid-19 en el país, el 3 de marzo, y hasta el 22 de agosto, se presentaron 92 recursos de amparo contra la Subsecretaría de Salud Pública y la de Redes Asistenciales, ambas dependientes del Ministerio de Salud, por información relacionada al coronavirus. 58 de ellos, más del 60%, reclama por la falta de respuesta de estas instituciones.
Esta cifra es bastante alta si se compara con la falta de respuesta a las solicitudes que no se refieren a la pandemia o que no especifican si la información es referente a la emergencia sanitaria: de los 130 amparos por otra información, sólo el 43% se presentó por no recibir respuesta.
Marianela y la persona en anonimato que solicitó las minutas firmadas por el exministro Mañalich, son dos de estos casos. Sin embargo, el caso de Alicia es distinto, porque ella no ingresó un amparo cuando no recibió respuesta. El Consejo para la Transparencia solo mantiene un registro de los recursos de amparo ingresados, por lo que no es posible saber cuántas personas no recibieron una respuesta en el plazo legal si no ingresaron un recurso o reclamo.
*** El Archivo Ciudadano es un repositorio de documentos solicitados a través de la Ley de Transparencia. Esta es una herramienta creada y mantenida por el equipo de La Pública para hacer públicas las respuestas generadas por el Estado. No solo aloja respuestas de esta ONG, sino que funciona colaborativamente con quienes quieran donar sus solicitudes de información.
Silencios y retrasos
Para nadie es novedad que la pandemia ha alterado las rutinas y los plazos de respuesta de los organismos públicos. Por eso, el 20 de marzo, a tres semanas del primer caso positivo de Covid-19 en Chile, el Consejo para la Transparencia (CPLT) emitió un oficio reconociendo que, con la crisis sanitaria, los plazos de respuesta a una solicitud de Transparencia podrían extenderse. El organismo advirtió que los tiempos propios de la administración y el teletrabajo, podrían impedir a las instituciones responder dentro del plazo legal, pero que eso no era un impedimento para no respetar el derecho al acceso a la información.
“Hemos sostenido que es necesario tener en cuenta que la transparencia legitima las decisiones de la autoridad ante la ciudadanía. Nuestro llamado es a cumplir con la ley y además promover que las instituciones vayan más allá de lo que les exige la regulación, de manera proactiva, en particular en circunstancias excepcionales como las que vivimos”, afirma Jorge Jaraquemada, presidente del Consejo Directivo del CPLT.
El Departamento de Comunicaciones del Minsal afirmó por escrito que “sin duda la pandemia ha generado la necesidad de introducir cambios al funcionamiento habitual de la institución”. Para ello, aseguraron que durante el primer semestre de 2020 realizaron “una serie de capacitaciones para formar a los funcionarios en materias de transparencia y acceso de la información”.
En paralelo, además de los retrasos que ya preveía el CPLT en marzo, la Subsecretaría de Salud Pública enfrentó un semestre con más solicitudes para acceder a información vía Ley de Transparencia que en 2019. Según cifras del propio Consejo, entre marzo y julio de 2020 –último mes con las cifras disponibles–, la Subsecretaría recibió 1.735 solicitudes, mientras que en el mismo periodo de 2019 fueron 1.271. Además de las capacitaciones en esta materia, el Minsal aseguró haber aumentado en un 40% el equipo dedicado a Transparencia para enfrentar el volumen de solicitudes que han recibido este año.
En los casos en los que las instituciones se retrasen debido a la pandemia, el Consejo dijo que las instituciones tendrían que contactar a los solicitantes para explicar las causas de la demora y anunciar un nuevo plazo de respuesta. El Departamento de Comunicaciones del Minsal afirmó que cada oficio del Consejo es “recepcionado, estudiado y aplicado, obedeciendo al compromiso del Ministerio de Salud en fortalecer la transparencia del Estado”. No obstante, ni la Subsecretaría de Salud Pública ni la Subsecretaría de Redes Asistenciales siguieron este protocolo con las personas entrevistadas para este reportaje.
El 7 de julio, 4 meses después, el CPLT volvió a referirse a la importancia del acceso a la información durante la implementación del Acuerdo Nacional por la Protección Social y la Recuperación de Empleos y otros programas económicos y sociales anunciados por el Gobierno. El Consejo recomendó a las instituciones públicas comunicar eficazmente el alcance de los beneficios sociales y laborales, los procedimientos para llevar los programas a cabo y los recursos públicos asociados, con el fin de “generar confianza en la ciudadanía”. Para ello, enfatizaron en aplicar y cumplir los principios de la Ley 20.285, entre los que figura el principio de oportunidad: “Los órganos de la Administración del Estado deben proporcionar respuesta a las solicitudes de información dentro de los plazos legales, con la máxima celeridad posible y evitando todo tipo de trámites dilatorios”.
El presidente del Consejo directivo del CPLT, Jorge Jaraquemada, destacó que “el derecho de acceso a la información pública es un derecho fundamental en sí mismo, pero también posibilita el ejercicio de otros derechos fundamentales. En efecto, el ejercicio de otros derechos puede requerir que sea necesario adjuntar cierta documentación que se encuentra en poder de distintos organismos públicos, por lo que el acceso a la misma, dentro de los plazos legales, resulta fundamental para su adecuado ejercicio”.
“Mientras más trabas pones a hacer efectivo el derecho de acceso a la información pública, exigiendo que solo puedas retirarla de tal o cual forma, por ejemplo, evidentemente es legítimo pensar que lo que quieren es dilatar, dificultar, establecer todos los mecanismos posibles para impedir que el o la ciudadana acceda, comparta o divulgue esa información”, dice Claudia Lagos, periodista, docente del Instituto de Comunicación e Imagen de la Universidad de Chile y PhD en Communications and Media de la Universidad de Illinois, y agrega: “Mientras [los organismos públicos] no incorporen a su funcionamiento de manera integral las funciones de transparencia, difusión y rendición de cuentas –dentro de lo que se incluye la capacidad de responder a las solicitudes de acceso a la información–, siempre va a ser una oficina de rincón que no va a tener el peso relevante para garantizar uno de los derechos fundamentales de las personas como lo es el de acceder a la información pública”.
Soluciones anticipadas
En los 93 recursos de amparos interpuestos contra la Subsecretaría de Salud Pública y la Subsecretaría de Redes Asistenciales por información relacionada al Covid-19, hay otras 9 personas que solicitaron información relativa al arriendo de instalaciones para utilizarlas como residencias sanitarias, además de Marianela González y sus solicitudes sobre Espacio Riesco. Tres de ellos recibieron una respuesta del Minsal a través del sistema de Solución Anticipada de Resolución de Controversias (SARC) del CPLT –mecanismo diseñado para agilizar las resoluciones de los recursos de amparo–. Pero seis siguen esperando.
La intervención del SARC zanjó 18 de los 27 recursos de amparo que estaban resueltos hasta el 22 de agosto. En todos estos casos la información fue entregada por las subsecretarías.
Francisco Ramírez, por ejemplo, solicitó a principios de junio la cantidad de migrantes y extranjeros que han sido diagnosticados como positivo al Covid-19 entre marzo y junio. Su interés era académico: necesitaba conseguir datos estadísticos para una investigación. Sin embargo, la Subsecretaría de Salud Pública no le respondió en el plazo legal. El recurso de amparo pasó al SARC y recién el 22 de julio, después de casi 20 días de retraso, la Subsecretaría le respondió.
Hay otros 3 amparos en los que las subsecretarías no le respondieron nada ni al Consejo para la Transparencia ni al solicitante, a pesar de haber aceptado participar del SARC.
Daniela Muñoz, por ejemplo, solicitó en mayo a la Subsecretaría de Redes Asistenciales el detalle de los gastos e inversiones en personal, elementos de protección, ventiladores mecánicos, exámenes PCR, test rápidos y campañas comunicacionales, entre otros. La Subsecretaría no le respondió en el plazo legal ni tampoco cuando intervino el SARC. El Consejo Directivo del CPLT tomó el caso el 7 de agosto y resolvió que la información solicitada sí es pública y debe entregarla a la solicitante. Su caso sigue en la Unidad de Seguimiento de Decisiones del CPLT hasta la fecha de publicación de este reportaje.
Lo mismo le pasó a Diego Parra, dos veces. En marzo solicitó acceso a todas las actas, reuniones y medidas tomadas por el Minsal para la prevención del Covid-19 hasta el día 16 de ese mes. Pero la Subsecretaría de Salud no le respondió ni a su solicitud ni al SARC. El Consejo también acogió su amparo el 7 de agosto, y le dio 10 días hábiles a la Subsecretaría de Salud Pública para responder. El caso sigue abierto, según el portal web del Consejo.
Acceso a la información en Latinoamérica
Los retrasos y silencios son un obstáculo generalizado en la región. Ya a mediados de abril, en su resolución Pandemia y Derechos Humanos en las Américas, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) alertó a la comunidad internacional que en medio de la crisis sanitaria, el acceso a la información se está viendo amenazado en el continente americano. La CIDH llamó a los estados firmantes –entre ellos, Chile– a “asegurar el derecho de acceso a la información pública en el marco de la emergencia generada por el COVID-19 y no establecer limitaciones generales basadas en razones de seguridad u orden público”, e instó a los funcionarios públicos a “otorgar prioridad a las solicitudes de acceso a la información relacionadas con la emergencia de salud pública, así como informar proactivamente, en formatos abiertos y de manera accesible a todos los grupos en situación de vulnerabilidad (…)”.
En Chile, Andrew Chernin le solicitó a la Subsecretaría de Salud Pública las cifras de fallecidos por Covid-19 en cada uno de los hospitales públicos de la Región Metropolitana, pero la institución le negó el acceso. Argumentó que publicar esa información afectaría la seguridad nacional. Chernin ingresó un recurso de amparo contra la Subsecretaría en junio de este año, y su caso sigue tramitándose en el Consejo para la Transparencia. Como este, el CPLT tramita varios amparos en donde la “seguridad nacional” ha sido utilizada como argumento para denegar acceso a la información relacionada al Covid-19.
En paralelo, un estudio publicado en mayo por la Alianza Regional por la Libre Expresión e Información, una red de 17 ONG’s latinoamericanas y del Caribe que trabaja junto a la Organización de Estados Americanos (OEA) en defensa del acceso a la información y la libertad de expresión, aseguró que en siete de los 14 países analizados “las organizaciones informan que se incumplen los plazos actualmente vigentes para la entrega de información”. Ninguna de las ONG’s miembro de la Alianza trabaja en Chile, por lo que este estudio no cuenta con la información del país.
En julio, la Alianza Regional publicó la segunda versión del mismo estudio. Una de sus conclusiones fue que “el 60% de nuestros miembros –entre ellos la Asociación Nacional de la Prensa de Bolivia, la Corporación Transparencia por Colombia y la asociación Espacio Público de Venezuela– considera que en su país no hay un goce pleno del derecho de libertad de expresión durante la pandemia”.
En Chile, sin embargo, los datos del Consejo para la Transparencia muestran una leve mejora en la tasa de recursos de amparo ingresados por no respuesta entre 2019 y 2020 en las Subsecretarías de Salud Pública y la de Redes Asistenciales.
En 2019, de los 155 recursos de amparo ingresados contra la Subsecretaría de Salud Pública, un 61% de ellos se debió a la falta de respuesta en el plazo legal. En 2020, esta Subsecretaría enfrentó 153 amparos, pero la tasa de amparos ingresados por no respuesta bajó a un 55%.
La Subsecretaría de Redes Asistenciales, por su parte, enfrentó 66 amparos entre el 3 de marzo y el 22 de agosto de 2019, y 35 de ellos (53%) fueron por falta de respuesta. En 2020, de los 69 amparos ingresados contra esta, solo 29 de ellos fueron por falta de respuesta (42%).
A pesar de que las cifras han disminuido entre un año y otro, incluso con una pandemia mediante, Jaraquemada considera que “esa tasa de amparos no es normal. Sin duda que la pandemia ha incrementado los casos de ausencia de respuesta, no sólo en las Subsecretarías señaladas, sino que también en la generalidad de los órganos públicos, lo que pudo verse principalmente en los primeros meses de la pandemia”. Y añade: “Creemos que ya iniciado el plan Paso a Paso, es urgente perfeccionar la transparencia y publicidad de las decisiones públicas para dotar de legitimidad a las acciones que impulsa la autoridad. Es clave que la autoridad ponga a disposición de la gente, de manera proactiva, clara y oportuna, la información que sustenta sus decisiones, contribuyendo a que la ciudadanía comprenda, confíe y adhiera a su cumplimiento”.